CEAVEQROO promueve curso de Capacitación sobre operación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de víctimas

foto 13 de octubre 2016

Con el fin de dar a conocer la forma en que opera el Fondo de ayuda, asistencia y reparación integral de las víctimas, establecido en las leyes general y estatal de la materia, la CEAVEQROO promovió la realización de un curso de capacitación dirigido a servidoras y servidores públicos de las Secretarías de Seguridad Pública, Finanzas, Salud y la Fiscalía General del Estado, que atienden a víctimas del delito o de violaciones a derechos humanos en esta Entidad. 

La titular de la CEAVEQROO, Karla Patricia Rivero González, dio a conocer que el curso fue impartido el pasado 6 de octubre por la Maestra Elba Loyola Orduña, Directora General del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Gobierno Federal (CEAV), en las instalaciones de la Casa de la Cultura Jurídica en la Ciudad de Chetumal. 

Rivero González señaló que la servidora pública federal expuso qué es, cómo se conforma y cuáles son los requisitos establecidos en la ley para acceder al Fondo que opera esa instancia, así como el fundamento jurídico que le dio origen y cómo se constituye el patrimonio que lo conforma. 

Durante el curso, la Maestra Loyola Orduña indicó que el Fondo de ayuda, asistencia y reparación integral, se opera mediante un fideicomiso público de administración y pago, el cual sirve como mecanismo financiero para el otorgamiento de medidas de ayuda, asistencia y atención; compensación por violaciones a derechos humanos cometidas por autoridades federales; y las compensaciones subsidiarias por delitos de orden federal. 

Indicó que el Fondo federal está constituido por 7 fuentes de ingresos: (1) el 0.014% del gasto programable del Presupuesto de Egresos de la Federación; (2) el producto de enajenación de bienes decomisados; (3) recursos de fianzas y garantías que se hagan efectivas; (4) reparación de daños no reclamados; (5) aportaciones o donaciones altruistas; (6) montos que se recuperen por el derecho de repetición; y (7) rendimientos que genere la inversión de los recursos del patrimonio. 

Resaltó que para poder tener acceso a los recursos del Fondo, es necesario que las víctimas se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Victimas; presenten la solicitud de acceso correspondiente; cumplan con la entrega de la documentación, según tipo de apoyo solicitado, de conformidad con lo establecido en Ley General de Victimas; y cuenten con la resolución de procedencia del apoyo solicitado, emitida por el pleno de la CEAV. 

En relación con las compensaciones subsidiarias que pueden otorgarse a víctimas de delitos del orden federal o violaciones a derechos humanos, Elba Loyola orduña dijo que de conformidad con la ley aplicable, pueden incluir los conceptos siguientes: 

• Reparación del daño en la integridad física; 
• Reparación del daño moral; 
• Resarcimiento de perjuicios o lucro cesante; 
• Pérdida de oportunidades; 
• Daños patrimoniales; 
• Gastos y costas judiciales; 
• Tratamientos médicos 
• Otros gastos comprobables 
Finalmente, expuso algunos de los casos que ha atendido la CEAV, aplicando recursos en apoyos inmediatos y compensaciones que se han tenido que pagar a víctimas de delito o por violación a los derechos humanos en el orden federal. Al respecto, señaló que esas experiencias pueden ser de gran utilidad a las comisiones locales, como la CEAVEQROO, para atender casos similares que pudieran presentarse. 

Chetumal, Quintana Roo