Facultades

El (La) Titular de la Dirección Administrativa tendrá las siguientes facultades:

I.    Administrar los recursos humanos, financieros y materiales autorizados y asignados a la Secretaría conforme a las políticas, normas, sistemas y procedimientos establecidos;

II.    Desempeñar las funciones y comisiones que el (la) Secretario (a) le delegue y encomiende, y mantenerlo informado sobre el cumplimiento de las mismas;

III.    Proporcionar a las Unidades Administrativas de la Secretaría, los servicios de apoyo administrativo que sean necesarios para el mejor desempeño de sus funciones;

IV.    Integrar y someter a la consideración del (la) Secretario (a), el programa operativo anual de la Secretaría, incluyendo el de sus órganos desconcentrados, con base en los anteproyectos  que sean presentados por los titulares de las Unidades Administrativas correspondientes para su visto bueno y trámite ante la Secretaría de Finanzas y Planeación;

V.    Tramitar, registrar y controlar los recursos financieros provenientes de programas, convenios y reasignados para la Secretaría por concepto de inspección, verificación, vigilancia y control de las obras y acciones, además de emitir informes de los mismos de conformidad a los lineamientos establecidos en la materia;

VI.    Tramitar ante la instancia correspondiente y por acuerdo del (de la) Secretario (a, la creación, modificación o cancelación de plazas de la Secretaría;

VII.    Vigilar el debido cumplimiento de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los Ayuntamientos y Organismos descentralizados del Estado de Quintana Roo y el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo por parte del personal de la Secretaría;

VIII.    Establecer e implementar los controles internos necesarios para manejo y control de la asistencia del personal adscrito a las Unidades Administrativas de la Secretaría;

IX.    Vigilar la adecuada custodia, almacenamiento y mantenimiento del mobiliario, equipo de oficina y demás insumos de la Secretaría;

X.    Implementar los controles internos para la correcta guarda, custodia y almacenamiento de la documentación generada por todas las Unidades Administrativas de la Secretaría;

XI.    Custodiar y salvaguardar la información y documentación que se genere con motivo de la ejecución de las distintas acciones realizadas por esta Dirección Administrativa, así como mantener actualizada la información referente al Sistema de entrega y recepción del área de su competencia;

XII.    Coordinar la integración y presidir el Comité de Adquisiciones de la Secretaría para la elaboración del programa anual de adquisiciones, así como para llevar a cabo los procedimientos de adquisiciones que le correspondan, de acuerdo a la normatividad aplicable en la materia y demás acciones que de él emanen;

XIII.    Llevar el control, debidamente actualizado, del inventario y resguardo de los bienes del activo fijo, asignado a las unidades administrativas de la Secretaría, a través de verificaciones periódicas, así como tramitar ante la instancia correspondiente la baja del mismo, cuando proceda;

XIV.    Fomentar acciones que propicien y fortalezcan la integración del personal de la Secretaría;

XV.    Levantar actas administrativas en coordinación con la Coordinación General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, a los servidores públicos adscritos a la Secretaría que trasgredan las disposiciones establecidas en la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Quintana Roo y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo y demás disposiciones legales vigentes;

XVI.    Tramitar ante la instancia correspondiente los nombramientos, ratificaciones, remociones, renuncias y licencias del personal adscrito a la Secretaría y sus Órganos Desconcentrados;

XVII.    Realizar las gestiones ante las instancias correspondientes para el pago del personal de la Secretaría, en los periodos establecidos en las disposiciones en la materia incluyendo al personal de régimen de contrato;  

XVIII.    Realizar las gestiones administrativas y de recursos ante las instancias correspondientes para el pago oportuno del personal de honorarios;

XIX.    Emitir los estados financieros conciliaciones bancarias y demás controles que correspondan a los recursos federales que son ejercidas en la Secretaría para su presentación en las instancias respectivas;

XX.    Coordinar y supervisar a los prestadores del servicio social, prácticas profesionales, estadías empresariales y residencias dentro de la Secretaría;

XXI.    Autorizar y suministrar el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles, de la Secretaría y sus Delegaciones, así como supervisar el uso y destino adecuado;

XXII.    Coordinarse con las demás Unidades Administrativas de la Secretaría, para la realización de eventos de capacitación y reuniones de trabajo con otras instancias;

XXIII.    Controlar y supervisar el almacén general de la Secretaría para suministrar los insumos necesarios para la operación y funcionamiento de las Unidades Administrativas de la Secretaría;

XXIV.    Coordinar y supervisar acciones para la vigilancia, seguridad y limpieza de las instalaciones del edificio y demás bienes muebles e inmuebles de la Secretaría;

XXV.    Elaborar conjuntamente con la Coordinación General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, los convenios o contratos que afecten el presupuesto de la Secretaría y los demás actos de administración que requieran ser documentados conforme a los lineamientos establecidos, así como suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que por delegación de facultades o por suplencia le corresponda;

XXVI.    Integrar y coordinar la comisión mixta de seguridad e higiene en el trabajo y dar seguimiento, según el calendario de actividades establecido de acuerdo a los lineamientos del ISSSTE; y

XXVII.    Las demás facultades que determine el (la) Secretario (a) o le confieran otras disposiciones legales o administrativas aplicables.