Facultades

Articulo 37.- El (La) titular de la Coordinación general para la modernización de la gestión pública, se apoyara de la coordinación de mejora de procesos y gestión pública, la coordinación de análisis y seguimiento para la modernización de la gestión pública; la coordinación de desarrollo de proyectos de la gestión pública y la coordinación de sistemas de gestión y análisis normativo de la gestión pública; y tendrá las facultades siguientes:

I. Verificar el cumplimiento de acuerdos y convenios que en materia de modernización administrativa convenga o acuerde el Ejecutivo del Estado, con otros niveles de gobierno en el ámbito de su competencia;

 

II. Coordinar los Modelos de Gestión al interior de la Secretaría, proponiendo su aplicación en las Dependencias, Entidades y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Administración Pública Estatal para eficientar su gestión;

 

III. Fungir como representante, previa designación del (de la) Secretario (a), ante los Órganos Colegiados que sean conformados en la Administración Pública Estatal, en los casos en que se requiera de su intervención, así como dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los acuerdos que se tomen en los mismos;

 

IV. Opinar sobre las normas y procedimientos que se apliquen para regular la organización, funcionamiento y desarrollo de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

V. Asesorar en materia de Modernización e Innovación, Calidad Gubernamental, Trámites y Servicios y Procesos, a las Unidades Administrativas de la Secretaría; así como a las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal y Municipios cuando así lo soliciten, en la elaboración de documentos normativos y proporcionar apoyo técnico en materia de modernización administrativa;

 

VI. Coordinar programas, proyectos y procesos que propicien la modernización y el desarrollo administrativo de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

VII. Emitir opinión jurídica en el ámbito de competencia, respecto a los proyectos de Leyes, Decretos o Acuerdos y demás disposiciones internas que emitan las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

VIII. Concentrar las opiniones jurídicas que emitan las Unidades Administrativas de la Secretaría, respecto a los proyectos de Leyes, Decretos o Acuerdos y demás normatividad, para remitirlas a las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

IX. Planear, coordinar y desarrollar el proceso de capacitación interna de la Secretaría, mediante cursos impartidos por la Oficialía Mayor, el Órgano de Control Federal y demás instancias Gubernamentales Estatales y Federales, así como privadas a nivel regional y nacional, que permitan desarrollar las actitudes, habilidades y actualización de conocimientos, métodos y técnicas de trabajo de acuerdo con las necesidades detectadas entre el personal de la Secretaría;

 

X. Formular, revisar, opinar y someter a la consideración del (de la) Secretario (a) los proyectos de iniciativas de Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y demás disposiciones jurídicas de carácter general, que sean competencia para la Secretaría;

 

XI. Proponer proyectos, metodologías y lineamientos para la Mejora de la Gestión Pública;

 

XII. Coordinar la implementación de la modernización, mejora de los trámites y servicios, y la simplificación, a través de diversas herramientas metodológicas;

 

XIII. Coordinar la elaboración de la normatividad de los Reglamentos Interiores y Manuales Administrativos de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

XIV. Emitir observaciones y recomendaciones en el ámbito de competencia, respecto a los Reglamentos Interiores, Manuales Administrativos, documentos normativos, trámites y servicios que sean emitidos por las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

XV. Coordinar y elaborar el diseño de la imagen institucional al interior de la Secretaría;

 

XVI. Coordinar y proponer a las Unidades Administrativas de la Secretaría, los mecanismos necesarios para eficientar el desempeño de sus funciones;

 

XVII. Emitir opinión sobre estructuras orgánicas y organigramas de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

XVIII. Llevar el registro y control de las estructuras orgánicas, organigramas, reglamentos interiores manuales de organización y procedimientos; sí como de los trámites y servicios de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

XIX. Integrar el informe de gobierno, conforme a la directrices que señale la Secretaría de Finanzas y Planeación;

 

XX. Coordinar la elaboración e integración de los indicadores de la Secretaría, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

XXI. Participar en la Comisión Técnica para la Revisión, Evaluación y Dictaminación de Estructuras Orgánicas y Organigramas;

 

XXII. Coordinar la elaboración de normas de carácter general, que regule el funcionamiento de la Tala Regulatoria;

 

XXIII. Coordinar el Subcomité Sectorial de Modernización Continua de la Administración Pública;

 

XXIV. Programar en coordinación con la Coordinación General de Auditoría, las visitas para la aplicación de encuestas de opinión ciudadana;

 

XXV. Implementar las Normas Generales de Control Interno en las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;

 

XXVI. Participar e integrar la elaboración y actualización del Reglamento Interior de la Secretaría, así como los Manuales de Organización y de Procedimientos;

 

XXVII. Coordinar la formulación y revisión de los proyectos de iniciativas de Leyes, Decretos o Acuerdos, así como los proyectos de Reglamentos, Lineamientos y demás documentos normativos;

 

XXVIII. Coordinar la elaboración de normas de carácter general que regule el funcionamiento del Sistema Estatal de Fiscalización; y

 

Las demás facultades que determine el (la) Secretario (a), o le confieran otras disposiciones legales administrativas aplicables.