Facultades

FACULTADES DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE AUDITORÍA

ARTÍCULO 12. El (La) Titular de la Coordinación General de Auditoría, se apoyará de la Coordinación de los Órganos de Control y Evaluación Interna, la Coordinación de Auditoría, de los Titulares de los órganos de Control y Evaluación Interna; de los Auditores Especiales; de la Delegación de Benito Juárez, de la Coordinación de Auditoría Externa, de la Coordinación de Evaluación y Seguimiento, de la Coordinación de Vinculación y Entrega y Recepción y de la Coordinación de Control Interno; y tendrá las facultades siguientes:

 

  1. Coadyuvar a la consolidación del Sistema Estatal de Fiscalización y formular en el ámbito de su competencia el programa del mismo, con base en la legislación, normatividad y criterios que regulen la materia;
  2. Coordinar que las unidades administrativas de su adscripción desempeñen sus funciones con apego a la normatividad y conforme a los programas autorizados;
  3. Expedir, actualizar y difundir la normatividad que regule los instrumentos y procedimientos de actos de fiscalización que deberán observar las unidades administrativas adscritas a la Coordinación General de Auditoría;
  4. Coordinar y proponer al (a la) Secretario (a), el programa integral anual de auditoría que se llevarán a cabo para vigilar que las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Estatal cumplan con las normas y disposiciones establecidas en la Administración Pública;
  5. Requerir información, documentación, estados financieros y demás datos que estime necesarios para el cumplimiento de sus facultades;
  6. Practicar de oficio o a solicitud de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal, actos de fiscalización para verificar el manejo de los Recursos Públicos;
  7. Suscribir oficios de intervención relativos a órdenes de inicio de auditoría de conformidad con el programa anual de auditorías y/o requerimientos realizados por el (la) Secretario (a);
  8. Notificar a las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal, las modificaciones del personal actuante en actos de fiscalización, intervenciones y/o seguimientos;
  9. Coordinar los actos de fiscalización, intervenciones y/o seguimientos para verificar que las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal cumplan con las normas y disposiciones, que en forma enunciativa más no limitativa, se señalan en materia de planeación, programación, presupuestación, ejecución, control y evaluación, ingresos, financiamiento, inversión, deuda, patrimonio, fondos y valores en propiedad, bajo administración o resguardo del Poder Ejecutivo del Estado y su respectivo registro contable;
  10. Coordinar que se lleven a cabo actos de Fiscalización a los recursos federales ejercidos por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, derivados de los acuerdos y convenios suscritos;
  11. Requerir a los proveedores, contratistas y demás conceptos que representen pasivos o adeudos; la información y documentación relacionada con las operaciones que realicen con el Poder Ejecutivo del Estado;
  12. Emitir el informe de resultados o las actas administrativas derivadas de la práctica de actos de fiscalización, intervenciones y/o seguimientos que de manera directa realice la Coordinación de Evaluación y Seguimiento adscrita a la Coordinación General, así como analizar su contenido a efecto de proponer las medidas correctivas y preventivas que sean pertinentes;
  13. Promover el debido registro de los recursos patrimoniales del Estado, los que la federación le transfiera o aporte a éste para su ejercicio y administración, dentro de los convenios relativos de conformidad con la normatividad legal vigente;
  14. Vigilar que se de seguimiento al proceso de solventación de las observaciones y recomendaciones que se deriven de los actos de fiscalización, intervenciones y/o seguimientos que de manera directa realice la Coordinación de Evaluación y Seguimiento a la Administración Pública Estatal;
  15. Autorizar prórrogas para la entrega de información y documentación tendiente a solventar las observaciones y recomendaciones derivadas de la práctica de actos de fiscalización, intervenciones, seguimientos o de requerimientos de información;
  16. Dar vista del resultado de las investigaciones y auditorías que se hubieran practicado a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado y remitir los Informes de Auditoría con presunta responsabilidad administrativa debidamente integrados a la Coordinación General de Responsabilidades y Situación Patrimonial para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, en términos de los dispuesto en el ordenamiento legal en materia de responsabilidad administrativa y demás disposiciones legales y administrativas aplicables;
  17. Vigilar que se lleve el registro y control de los Despachos Externos que realizan las auditorías en las Dependencias y Entidades que ejercen recursos públicos, así como normar y evaluar su desempeño;
  18. Proponer al (a la) Secretario (a), los lineamientos para la realización de las auditorías que realicen los despachos externos;
  19. Proponer al (a la) Secretario (a), los despachos que llevarán a cabo las auditorías externas en las Dependencias y Entidades que ejercen recursos públicos;
  20. Coordinar las acciones para vigilar que los Despachos Externos cumplan con las normas y procedimientos de auditoría y con los programas de trabajo validados;
  21. Coordinar que se dé seguimiento a las observaciones y recomendaciones que presenten en sus informes los Despachos Externos, así como instancias federales de acuerdo a los convenios establecidos para tal efecto; a través de sus distintas unidades de adscripción;
  22. Validar y Proponer al (a la) Secretario (a) las normas, lineamentos y controles para registrar y designar a los Despachos Externos que realizarán las auditorías, en las Dependencias y Entidades que ejerzan recursos públicos, así como normar y evaluar su desempeño;
  23. Proponer al (a la) Secretario (a) los cursos de capacitación que considere necesario impartir a las Unidades Administrativas adscritas a la Coordinación General de Auditoría, así como a las demás unidades de la Secretaría;
  24. Designar al personal que intervendrá para dar fe en los procesos de entrega y recepción que se efectúen, como consecuencia de la separación de los servidores públicos del cargo, empleo o comisión, conforme a las disposiciones legales establecidas;
  25. Coordinar el seguimiento de los procesos de inconformidad derivados de los actos de entrega y recepción;
  26. Establecer los lineamientos y criterios que no se encuentren previstos en la Ley de Entrega y Recepción de los Recursos Asignados a los Servidores Públicos de la Administración Pública y de los Ayuntamientos del Estado de Quintana Roo y demás ordenamientos aplicables;
  27. Suscribir oficios de designación relativos a actos administrativos derivados de los procesos de Entrega y Recepción; tales como transferencias de expedientes, procedimientos de baja e incineración de expedientes, así como la administración del sistema electrónico de entrega y recepción;
  28. Brindar capacitación, asesoría y orientación a las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades, en el manejo y operación del sistema electrónico implementado para los Procesos de Entrega y Recepción, así como de la normatividad establecida en la materia;
  29. Brindar capacitación, asesoría y orientación a los Municipios del Estado, en el Uso del Sistema de Entrega y Recepción, previa firma del Convenio Específico de Colaboración entre la Secretaría y los Municipios;
  30. Designar al personal que participará en el Comité de Afectación, Destino final y Baja de los Bienes Muebles de Dominio Privado del Estado, que lleven a cabo las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;
  31. Designar al personal que participará en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que lleven a cabo las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;
  32. Mantener estrecha coordinación con las demás Unidades Administrativas de la Secretaría en el intercambio de información y documentación que en el ámbito de su competencia le sea requerida;
  33. Validar y proponer al (a la) Secretario (a) las normas, lineamientos y controles para los procesos de entrega y recepción de los asuntos, bienes y valores que sean propiedad o se encuentren al cuidado de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;
  34. Requerir información a las Unidades Administrativas adscritas a la Coordinación General de Auditoría a efecto de cumplir con sus funciones;
  35. Vigilar y normar el Sistema de Control, Evaluación y Seguimiento de los programas de trabajo y de auditoría de las Coordinaciones y Delegaciones adscritas a la Coordinación General de Auditoría;
  36. Firmar en ausencia del (de la) Secretario (a), los documentos que se generen con motivo de la ejecución de las acciones inherentes a los asuntos de su competencia;
  37. Actuar en representación, tramitar y/o resolver los asuntos que le hayan sido encomendados por el (la) Secretario (a);
  38. Participar en las Reuniones Nacionales del Sistema Nacional de Fiscalización y/o en los grupos de trabajo del mismo; previa designación del (de la) Secretario (a); así como dar seguimiento al programa de trabajo  que se formule, para lo cual de ser necesario deberá coordinar las acciones con las demás Unidades Administrativas de la Secretaría para su debido cumplimiento;
  39. Participar en las reuniones de la Secretaría de la Función Pública, en los asuntos que le competan y dar seguimiento al programa de trabajo previamente convenido;
  40. Participar en las reuniones de la Comisión Permanente de Contralores Estados- Federación en las materias  que le competen; dar seguimiento al programa de trabajo que se formule, coordinando las acciones con las demás Unidades Administrativas de la Secretaría para su debido cumplimiento;
  41. Promover las disposiciones en materia normativa y/o jurídica de modernización de la gestión Pública;
  42. Coadyuvar con las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades para realizar actos de fiscalización a los recursos asignados a las mismas, con el fin de incorporarlos de manera adicional al Programa Anual de Auditorías, previa autorización del (de la) Secretario (a);
  43. Coadyuvar en la implementación de las Normas Generales de Control Interno en las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal;
  44. Coordinar que se lleven a cabo actos de fiscalización en materia de control interno derivados de los acuerdos y convenios suscritos por la Secretaría;
  45. Reportar trimestralmente los Formatos Evaluatorios Programáticos del Programa Operativo Anual,  de la Coordinación General de Auditoría;
  46. Reportar las solicitudes de información relativas a Estadísticas para el Informe de Gobierno, Indicadores de Gestión e Indicadores de Transparencia;
  47. Delegar funciones a las Unidades Administrativas de la Coordinación General de Auditoría a su cargo;
  48. Proponer al (a la) Secretario (a), la promoción, reubicación o remoción del personal adscrito a la Coordinación General de Auditoría; y
  49. Las demás facultades que determine el (la) Secretario (a), o le confieran otras disposiciones legales administrativas aplicables.