ARTÍCULO 25.- LOS PROPIETARIOS O CONDUCTORES DE VEHÍCULOS EN EL ESTADO DEBERÁN EFECTUAR EL AVISO DE ALTA DE VEHÍCULOS, EN LA OFICINA RECAUDADORA A QUE CORRESPONDA ANEXANDO COPIA DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS: I.- VEHÍCULOS AÑO MODELO AL DE APLICACIÓN DE LA LEY. A).- EXHIBIR LA FACTURA O COPIA CERTIFICADA VIGENTE EN ORIGINAL, SEGÚN SEA EL CASO. B).- EXHIBIR UNA IDENTIFICACIÓN. C).- EXHIBIR COMPROBANTE DE DOMICILIO CONSISTENTE EN RECIBO DE AGUA, LUZ, TELÉFONO O IMPUESTO PREDIAL. D).- EXHIBIR CÉDULA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. LAS PERSONAS FÍSICAS QUE NO ESTÁN INSCRITAS EN EL CITADO REGISTRO PROPORCIONARÁN SU FECHA DE NACIMIENTO.
ARTÍCULO 25.- LOS PROPIETARIOS O CONDUCTORES DE VEHÍCULOS EN EL ESTADO DEBERÁN EFECTUAR EL AVISO DE ALTA DE VEHÍCULOS, EN LA OFICINA RECAUDADORA A QUE CORRESPONDA ANEXANDO COPIA DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS: II.- VEHÍCULOS USADOS. A).- EXHIBIR LA FACTURA VIGENTE O COPIA FOTOSTÁTICA CERTIFICADA O DOCUMENTO QUE ACREDITE LA LEGÍTIMA PROPIEDAD. B).- EXHIBIR LA CÉDULA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. LAS PERSONAS FÍSICAS QUE NO ESTÉN INSCRITAS EN EL CITADO REGISTRO PROPORCIONARÁN SU FECHA DE NACIMIENTO. C).- EXHIBIR EN SU CASO LA CONSTANCIA DE LA BAJA EFECTUADA. D).- EXHIBIR COMPROBANTE DE DOMICILIO, CONSISTENTE EN RECIBO DE LUZ, AGUA, TELÉFONO O IMPUESTO PREDIAL. E).- EXHIBIR LOS TRES ÚLTIMOS PAGOS DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS.