ARTÍCULO 207-H. LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, SE PAGARÁN CONFORME A LOS APARTADOS SIGUIENTES: B.- LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA EN MATERIA DE CULTURA SE PAGARÁN CONFORME LA SIGUIENTE: VIII.POR EL ACCESO A LA EDUCACIÓN QUE IMPARTEN LAS CASAS DE LA CULTURA EN EL ESTADO, SE COBRARÁ DE ACUERDO A LA SIGUIENTE TARIFA EN CANCÚN: DE 0.92 HASTA 3.00 UMA. DE 1.27 HASTA 13.0 0 UMA. EN COZUMEL: DE 0.87 HASTA 3.00 UMA. DE 1.58 HASTA 7.00 UMA. EN TULUM: DE 0.28 HASTA 3.00 UMA. DE 0.28 HASTA 7.00 UMA. EN CHETUMAL: DE 0.45 HASTA 2.00 UMA. DE 0.90 HASTA 3.00 UMA. TODAS LAS DEMÁS CASAS DE CULTURA ESTÁN EXENTAS DE PAGO PARA EL ACCESO A SUS TALLERES