Correcciones Administrativas

Objetivo Del Trámite O Servicio: 

Autorizar las Solicitudes de Corrección Presentadas en las Oficialías Municipales, con la Finalidad de Aclarar por la Vía Administrativa los Vicios o Defectos de un Acta del Estado Civil, Siempre que se Trate de Errores Mecanográficos, Ortográficos, Numéricos o de Otra Índole que no Alteren los Datos Esenciales de la Misma. 


Unidad Administrativa Responsable:

Dirección General del Registro Civil
 

Requisitos: 

 

Aclaración de Apellido Paterno y/o Apellido Materno, Datos de los Padres y/o Abuelos: 

Copia Certificada Actualizada del Acta que se Pretende Aclarar (No Mayor a 1 Año).

Copia Certificada del Libro Original del Acta que se Pretende Aclarar.

Acta de Nacimiento del Padre o Madre (Según Sea el Caso).

Acta de Matrimonio de Padres (Si Hubiere).

Identificación Oficial Vigente del Padre o Madre (Según Sea el Caso).

Curp del Registrado y del Padre o Madre (Según Sea el Caso).

Solicitud Firmada por el Titular Del Acta.

Identificación Oficial Vigente del Titular del Acta. (o de La Persona a Quien se Haya Otorgado Poder).

Aclaración del Nombre del Registrado (Presentar Minimo 3 Documentos de los no Marcados Como Obligatorios): 

Copia Certificada Actualizada del Acta que se Pretende Aclarar (No Mayor a 1 Año)(Obligatorio).

Copia Certificada del Libro Original del Acta que se Pretende Aclarar.

Documentos Escolares.

Acta de Nacimiento de los Hijos (Si Tuviere).

Acta de Matrimonio (Si Tuviere).

Certificado de Bautismo.

Cartilla de Servicio Militar (Hombres)(y Mujeres si Tuviere).

Constancia de Autoridad Municipal.

Solicitud Firmada por el Titular del Acta.

Curp E Identificación Oficial Vigente del Registrado (Obligatorio).

Identificación Oficial Vigente del Solicitante (Unicamente El Registrado O Sus Padres)(o de la Persona a Quien se Haya Otorgado Poder) (Obligatorio).

Nota: No Procede Corrección Para Agregar o Quitar Nombres a Menos que Exista una Inconsistencia en la Información Asentada en el Acta.

Aclaración del Lugar de Nacimiento del Registrado: (Presentar Minimo 1 Documento de los no Marcados como Obligatorios) 

Copia Certificada Actualizada del Acta que se Pretende Aclarar (No Mayor a 1 Año) (Obligatorio).

Copia Certificada del Libro Original del Acta que se Pretende Aclarar.

Certificado de Bautismo.

Cartilla de Servicio Militar (Hombres)(y Mujeres si Tuviere).

Acta de Matrimonio (Si Tuviere).

Solicitud Firmada por el Titular del Acta.

Identificación Oficial Vigente del Solicitante (Unicamente el Registrado o sus Padres)(o de la Persona a Quien se Haya Otorgado Poder)(Obligatorio).

Aclaración del Acta de Matrimonio: 

Copia Certificada Actualizada del Acta que se Pretende Aclarar (No Mayor a 1 Año) (Obligatorio).

Copia Certificada del Libro Original del Acta que se Pretende Aclarar.

Acta de Nacimiento y Curp del Cónyuge que Contenga el Error.

Identificación de Ambos Contrayentes.

Solicitud Firmada por los Contrayentes.

Si uno de los Cónyuges ya Falleció, se Anexará el Acta de Defunción.

 

Nota: No Procede Correción en el Régimen Patrimonial, ni en la Nacionalidad.

Aclaración de Acta de Defunción: 

Copia Certificada Actualizada del Acta que se Pretende Aclarar (No Mayor A 1 Año) (Obligatorio).

Copia Certificada del Libro Original del Acta que se Pretende Aclarar.

Solicitud Firmada por el Compareciente.

Identificacion Oficial Vigente del Compareciente.

Para Aclarar los Datos del Finado (Nombre, Edad o Nacionalidad) y/o de los Padres, es Necesaria el Acta de Nacimiento del Finado.

Para Aclarar Datos del Cónyuge del Finado es Necesario el Acta de Nacimiento del Cónyuge, Acta de Matrimonio y Carta Protesta de Decir Verdad de no Divorcio.

Pago del Derecho Correspondiente.



Fundamento Legal:
 

Artículo 7°, Fracción XXIV Y 80 del Reglamento del Registro Civil Para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.
Artículo 654, 664 Y 664 Bis, del Código Civil Para el Estado de Quintana Roo.
Artículo 188, Fracción III, Inciso G), de la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo.

Costo: 

$415.OO. 

 

Área de Pago: 

Recaudadora de Rentas de la Secretaría de Finanzas y Planeación. 

 

Frecuencia en que se Solicita:

Si Temporalidad.


 

Tiempo de Respuesta: 

10 Días. 

 

Áreas de Atención al Público:

Dirección General del Registro Civil.
Oficialias del Registro Civil Municipales.


 

Domicilio: 

Calle Ignacio Zaragoza, número 151, entre calle 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, Colonia Centro.
 

Teléfono: 

01 983 83 2 85 21. 

 


 

Nota: Presentar las Solicitudes en la Oficialía del Registro Civil Municipal Cercana a su Localidad.