Capítulo Tercero - De la Agenda de Innovación Gubernamental

Capítulo Tercero - De la Agenda de Innovación Gubernamental

Artículo 5.

La Agenda es el instrumento rector de la política pública en materia de Innovación y las TIC y será expedido, aplicado, evaluado y actualizado anualmente en función de los avances alcanzados por el Instituto.

A través de la Agenda, el Gobierno del Estado aplicará las acciones, programas y metas en materia de Tecnología e Innovación y de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, que se contemplan en el Plan Estatal de Desarrollo, procurando el impulso del crecimiento económico y bienestar social de los habitantes del Estado.

Artículo 6.

La Agenda, deberá contemplar por lo menos los aspectos siguientes:

I. La política general de la Estrategia Digital que identifique las áreas o sectores prioritarios del Estado;

 

II. Diagnósticos, políticas, estrategias y acciones en lo que respecta a:

II.a) Innovación y desarrollo en materia de tecnologías de la información y comunicación;

II.b) Modelo de Gobierno Digital;

II.c) Formación de tecnologías y especialistas de alto nivel;

II.d) Difusión y publicación del uso de las tecnologías de la información;

II.e) Normas para la Innovación, uso y aprovechamiento de las TIC;

II.f) Las estrategias y mecanismos de financiamiento complementario;

II.g) Los mecanismos de evaluación y seguimiento de resultados y avances del programa de la Agenda;

II.h) Impulsar las disposiciones jurídicas aplicables para establecer los mecanismos que faciliten la implementación de las estrategias y líneas de acción previstas en la Agenda;

 

III.) Analizar la legislación estatal, con el objeto de crear y proponer ante las Instancias Gubernamentales correspondiente, las disposiciones jurídicas necesarias que permitan establecer el desarrollo, administración y operación de las TIC y la Innovación;

 

IV.) Establecer la consolidación de los esfuerzos comunes que faciliten el acceso a la información y a los servicios gubernamentales mediante el uso de las tecnologías de información;

 

V.) Alentar la participación de la sociedad en la tarea de construir de manera conjunta, una visión que no sólo oriente a las tareas de gobierno digital, sino también a la unidad, trabajo y esfuerzos de todos los sectores involucrados, para lograr los objetivos fundamentales de una política de Estado;

 

VI.) Interrelacionarse mediante la convergencia de las TIC para ofrecer a la ciudadanía mejores servicios, de manera oportuna, ágil y transparente; y

 

VII.) Reducir la brecha digital logrando que la población del Estado tenga acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones que representan el vínculo para intercomunicar a los ciudadanos entre sí, con las Instancias Gubernamentales y los sectores académicos y productivos del Estado.